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Glosario de Términos Inmobiliarios

Ponemos a su disposición un completo Glosario Inmobiliario e Hipotecario, que podrá consultar siempre que lo desee:

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También puede descargarse nuestro Glosario Inmobiliario e Hipotecario en formato pdf.


A

A.P.I.

Profesional liberal que actúa como intermediario en una transacción inmobiliaria y que normalmente cobra como contraprestación, un porcentaje sobre el precio de la misma (comisión).

Acreedor

Aquel que tiene derecho a pedir el cumplimiento de una obligación, especialmente de pago, o que se le satisfaga una deuda. En términos hipotecarios, la persona prestamista de la hipoteca.

Agencia inmobiliaria

Empresa especializada en transacciones inmobiliarias, especialmente alquiler y venta de inmuebles, que cobra un porcentaje por sus servicios.

Agente de la propiedad inmobiliaria (Ver A.P.I.)

Amojonamiento

Acción y efecto de colocar señales, hitos o mojones que indican los límites o linderos de una finca. Por lo general, el amojonamiento va precedido de la operación de deslinde de los límites, que puede hacerse por acuerdo de los propietarios de las fincas colindantes, formalizado en escritura pública o por resolución judicial.

Amortización del préstamo

Pago regular que se realiza para devolver el capital de un préstamo hipotecario durante un periodo determinado.

Anejo inseparable

Dependencia de una vivienda que no está físicamente integrada dentro de la misma y que no puede venderse o gravarse, si no es conjuntamente con la finca a la que está adscrito.

El ejemplo más característico es un cuarto trastero, que aún estando separado de la vivienda forma parte de la misma, como si de una habitación más se tratara.

Anteproyecto

Conjunto de trabajos preparatorios de un proyecto final y definitivo.

Arras

Señal o cantidad que entrega el comprador al vendedor, en garantía de una compraventa que han convenido pero que está pendiente de formalizar. Según su finalidad y sus efectos se denominan:

  • Arras confirmatorias: Cuando tienen fuerza vinculante para el comprador y el vendedor, pudiendo cualquiera de ellos exigir del otro el cumplimiento de la obligación. La cantidad así entregada forma parte del precio.
  • Arras penales: Cuando actúan como cláusula penal a favor del vendedor, quien, en caso de incumplimiento del comprador, puede exigirle que cumpla y además hacer suyas las arras recibidas, que en estos casos no forman parte del precio.
  • Penitenciales: Cuando cualquiera de las partes puede desistir del contrato. Son las reguladas en el artículo 1454 del Código Civil, donde se dispone que si quien desiste del contrato es el comprador, pierde la cantidad entregada en concepto de arras, y si es el vendedor está obligado a devolver el doble de lo recibido.

Arrendamiento

Contrato por el que una persona cede a otra, de forma temporal, el derecho de uso y disfrute de una cosa (mueble y/o inmueble) o se compromete a prestarle un servicio o a realizar una obra a cambio de un precio determinado.

Arrendador

Persona que cede a otro el derecho a uso y disfrute de una cosa, o que presta un servicio o realiza una obra a cambio de un precio cierto.

Arrendamiento urbano

Modalidad de arrendamiento, en la que el objeto del contrato es una finca urbana. Desde la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, se distingue entre arrendamiento de vivienda y arrendamiento para uso distinto del de vivienda.

Arrendatario

Persona que adquiere el uso de la cosa o el derecho a la obra o servicio que se obliga a pagar. Cuando se trata de locales comerciales o viviendas, también se le denomina inquilino.


B

Bajorasante

Toda construcción edificada bajo el nivel del suelo. En terminología urbanística: toda aquella superficie construida bajo el nivel de rasante (suelo). Normalmente no suele computar a los efectos de edificabilidad.

Baldíos

Relativo al derecho de aprovechamiento comunal de ciertos bienes rústicos, generalmente pastos y bosques, por los vecinos de un pueblo o comunidad de ámbito rural.

Bienes inmuebles

Son aquellos que no pueden desplazarse sin menoscabo de su naturaleza (bienes inmuebles por naturaleza); los que están incorporados o destinados a los primeros (bienes inmuebles por incorporación o destino); además, tienen la consideración de bienes inmuebles las concesiones administrativas y los derechos reales. Dentro de los bienes inmuebles por naturaleza es importante la distinción entre fincas rústicas y fincas urbanas.


C

Cabida

Superficie de una finca. Se expresa en metros cuadrados y sus múltiplos.

Calificación Definitiva o Provisional

Determinación oficial de que una edificación de viviendas adquiere la categoría Provisional (hasta la terminación de las obras) o Definitiva (una vez terminadas las obras) de Viviendas de Protección Oficial.

Cancelación de la hipoteca

Una vez llega el final de la hipoteca y se han pagado todas las cuotas, se debe cancelar la hipoteca mediante una escritura y una inscripción en el Registro de la Propiedad.

Cancelación anticipada

Se entiende por tal, el adelanto de las cantidades pactadas en concepto de amortización de un préstamo. Se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad anticipada, para compensar el deterioro financiero que supone la alteración del calendario de amortización pactado inicialmente. En el caso de los préstamos a tipo de interés variable el porcentaje máximo legal es el 1%.

Carencia

En términos financieros expresa el período, normalmente inicial, de la vida de un préstamo en el que el cliente únicamente paga los intereses, no amortizando nada de capital, a veces incluso durante el período de carencia no paga intereses.

La carencia sólo es aconsejable cuando el cliente tiene dificultades de tesorería para hacer frente durante los primeros años del préstamo al pago de los intereses y amortización del préstamo. En contrapartida, al finalizar el período de carencia deberá pagar cuotas más altas.

Carga

Obligación que acompaña necesariamente a una determinada situación o relación jurídica. Se habla de carga real cuando la misma es inherente o grava una finca, que responde en caso de incumplimiento del deudor y aún cuando éste no sea el propietario de la finca. Son cargas reales: las hipotecas, servidumbres, condiciones resolutorias, etc. Su eficacia frente a terceros depende de si figuran o no inscritas en el Registro de la Propiedad.

Carga "Propter Rem"

Bajo este término latino, se engloba al conjunto de cargas, impuestos (contribuciones y costes de la vida en comunidad, recibos mensuales y extraordinarios, agua, luz, según el caso en concreto).

Estas cargas "propter rem" han de estar pagadas y libres en el momento de transmisión de la finca al nuevo titular. Se suele pedir un certificado, para atestiguar el estar al día de la comunidad, al presidente la misma comunidad.

Cedente

Persona que cede a otra una cosa o un derecho. Es más usual hablar de cedente en relación con los derechos: cesión de créditos, cesión de contrato, cesión de arrendamiento, etc.

Cédula

Documento en el que se certifica que las obras ejecutadas se ajustan al proyecto, y en todo caso a la legislación vigente, y por el que se califican las viviendas de protección oficial.

Cédula de calificación definitiva

Es un certificado expedido por las Consejerías de la Vivienda de las correspondientes Comunidades Autónomas, donde se especifican las características de las Viviendas de Promoción Pública (V.P.P., antigua V.P.O.), así como sus precios máximos de venta y alquiler.

Cédula de habitabilidad

Documento expedido por la Administración Pública a fin de controlar las condiciones de salubridad e higiene de los edificios destinados a vivienda y alojamiento. Es imprescindible su obtención para contratar el alta de los servicios de agua, gas y luz. (Ver: Licencia de primera ocupación).

Cédula urbanística

Documento que certifica la normativa urbanística aplicable a un determinado terreno. Hace referencia al planeamiento que afecta a dicho terreno, e indica los usos autorizados, la edificabilidad, ocupación, alturas máximas... Dicha cédula se obtiene en el Ayuntamiento.

Certificación registral

Documento expedido por el Registro de la Propiedad que atestigua la situación registral de una finca.

Colindante

Finca que limita físicamente con otra u otras fincas.

Comprobación urbanística

Es la consulta a los planes urbanísticos correspondientes a la localidad en la que está situada la finca. Se recomienda esta consulta por si hubiere un plan que afectase al inmueble que se quiere adquirir.

Comisiones

Porcentajes sobre el importe total del préstamo que la entidad financiera puede cobrar al prestatario, por diversos conceptos, siempre y cuando se encuentren expresamente recogidas en el contrato del préstamo.

Comunero

Copropietario. El que pertenece a una Comunidad de Propietarios.

Comunidad de Propietarios

El total de propietarios de un mismo edificio que se rige por la Ley de Propiedad Horizontal, así como por las normas o estatutos por ellos acordados. Colectivo formado por todos los cotitulares de un edificio dividido en régimen de propiedad horizontal.

Se organiza corporativamente y carece de personalidad jurídica. Se regula por estatutos, que atenderán a los detalles de la convivencia y a la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes.

Condominio o Copropiedad

Se da cuando la propiedad de una cosa pertenece, en proindiviso, a varias personas, de forma que cada una es propietaria de una parte.

En la propiedad horizontal, usualmente comunidad de propietarios, al propietario de cada piso le corresponde también una participación sobre el total de edificio, una cuota conforme a la cual contribuye a los gastos de mantenimiento del mismo.

Contrato de agencia

Aquel por el cual una parte (agente) actúa en representación de otra (principal) y bajo la autoridad de esta última.

Contribución territorial urbana

Impuesto o tasa municipal de carácter anual que afecta a la propiedad inmobiliaria tanto urbana como rústica. Se le denomina comúnmente impuesto sobre bienes inmuebles (IBI).

Cooperativa de vivienda

Sociedad sin ánimo de lucro cuya finalidad u objeto es procurar a sus socios una vivienda o locales, con sus correspondientes edificaciones e instalaciones complementarias. También puede tener como finalidad la rehabilitación de viviendas y la conservación de estos elementos.

Copropiedad (Ver Condominio)

Cuota de participación

En las cargas y beneficios de la comunidad es aquel módulo que las determina, que se atribuye a cada piso o local con relación al total del valor del inmueble y que viene referido a centésimas de éste.

Cuota hipotecaria

Importes que pagan los titulares del préstamo de forma mensual, trimestral o anual.


D

Declaración de obra nueva

Escritura notarial otorgada por el contratista o promotor de un edificio, mediante la cual se hacen constar las características del inmueble construido, así como su superficie y valoración fiscal.

Defectos ruinógenos

Aquellos que afectan a una obra, y que hacen peligrar la estabilidad y seguridad de la misma, repercutiendo en la estructura, solidez, habitabilidad y estabilidad de la construcción.

Derecho de habitación

Es el derecho a utilizar una o más habitaciones o dependencias de una vivienda. Es un derecho personalísimo e intransferible que si se constituye en escritura pública puede tener acceso al Registro de la Propiedad, adquiriendo efectos reales frente a terceros.

Derecho de retracto

Es un derecho de adquisición preferente por el cual, el titular del mismo, sin haber participado en la compraventa, puede adquirir la cosa vendida en las mismas condiciones que el comprador, en cuya posición se subroga, satisfaciendo el mismo precio más los gastos necesarios habidos en la compraventa.

El retracto puede ser legal o convencional: es legal cuando viene establecido en una ley, y es convencional cuando se establece entre particulares por cualquier tipo de convenio entre ellos.

Son ejemplos de retractos legales: el de comuneros (los distintos propietarios de una finca tienen derecho preferente para adquirir la parte que venda uno de ellos), el de colindantes, el de coherederos; etc.

También existe un retracto legal a favor de los arrendatarios de fincas rústicas y urbanas, por el cual tienen derecho preferente a adquirirla en caso de que el propietario decidiera venderla.

Derecho de tanteo

Se trata igualmente de otro derecho de adquisición preferente por el cual, su titular dispone de un plazo para adquirir la cosa que se va a vender. Por ejemplo, el dueño de un piso le comunica al inquilino su decisión de venderlo a un precio determinado y éste, que es el titular del derecho de tanteo, dispone de un plazo para adquirirlo.

La diferencia con el derecho de retracto está en que éste se ejerce después de haber tenido lugar la compraventa y el de tanteo se ejerce antes. En muchos casos una misma persona es titular de ambos derechos.

Deslindar

Señalar los límites de un terreno o heredad.

Diferencial

Porcentaje que se suma al valor del índice de referencia, normalmente el Euribor, en el momento de la revisión del tipo de interés, en los préstamos contratados a tipo variable o mixto.

División horizontal

Acto documentado en título público, mediante el cual se divide un inmueble en varias y distintas fincas registrales independientes, con asignación a cada una de ellas de un coeficiente de copropiedad o participación en el total del inmueble. Se inscribe en el Registro de la Propiedad.


E

Edificabilidad

Se define como metro cuadrado de techo construido dividido por metro cuadrado de solar. Definida para la superficie construida sobre rasante, salvo cuando expresamente se indique otra cosa.

Edificio

Es cualquier tipo de construcción, sólida, durable y apta para albergar uno o varios espacios destinados al desarrollo de cualquier actividad.

Edificio destinado a uso determinado

Es todo edificio en el que la superficie sobre rasante destinada a un uso determinado, es igual o superior a dos tercios de la superficie total sobre rasante del mismo.

Edificio en construcción

Es toda obra de nueva edificación iniciada y no terminada, que cuente con la correspondiente licencia y se realice de acuerdo con un proyecto visado por el colegio profesional correspondiente.

Edificio en proyecto

Es cualquier tipo de construcción (obra nueva o rehabilitación) que se realizará sobre un terreno o finca determinada con arreglo a un proyecto visado por el colegio profesional correspondiente. A estos efectos, se entenderán como obras de rehabilitación las que cumplan los requisitos señalados en la definición de inmueble en rehabilitación.

Elemento de un edificio

Es toda unidad física, funcional o registral, que forme parte de un edificio compuesto por más unidades destinadas al mismo u otros usos, y que sea susceptible de venta individualizada.

Elemento privativo/propiedad horizontal

Partes de un edificio que no forman parte de la propiedad horizontal, básicamente, los pisos, los locales, las plazas de garaje y los trasteros.

Elementos comunes de un edificio

Son todos aquellos espacios que, no siendo de uso privativo, deban ser tenidos en cuenta a efectos de cómputo de superficie.

Elementos comunes/propiedad horizontal

Partes de un edificio constituido en propiedad horizontal que pertenecen a todos los propietarios del edificio.

Escritura de hipoteca

Documento oficial expedido por un notario, donde figuran las cláusulas y condiciones que se han pactado, entre acreedor y deudor de un préstamo o crédito hipotecario.


F

Facultades dominicales

Conjunto de facultades inherentes al derecho de propiedad.

Finca

Término utilizado en el Registro de la Propiedad para identificar a todo bien inmueble (vivienda, local, oficinas, terreno, rústica, etc).

Finca matriz

Solar o edificación de la que provienen las fincas o departamentos independientes, constituidos a través de la obra nueva y división horizontal de la finca madre (matriz).

Finca urbana

Aquella superficie de tierra, materialmente limitada, que se destina a satisfacer las exigencias relacionadas con las actividades del hombre, en las ciudades y poblados, y situada por lo tanto en suelo urbano.

Fondos de inversión inmobiliaria

Son Instituciones de Inversión Colectiva de carácter no financiero, cuya principal característica es que invierten su patrimonio en la adquisición de bienes inmuebles -viviendas, locales comerciales, aparcamientos- para su explotación mediante arrendamiento.

Las rentas que perciben por el alquiler de los inmuebles son los rendimientos, que se reparten proporcionalmente entre los partícipes. Aunque se trata de productos muy poco líquidos, se debe garantizar el reembolso de participaciones, como mínimo, una vez al año.


G

Gestión de proyectos y de construcción

Es la figura que gestiona y coordina todas las partes implicadas en la fase de proyecto de una obra -propiedad, urbanistas, arquitectos e ingenieros- y considera la correcta estimación de los aspectos estratégicos, logísticos y tácticos del proyecto.

Grupo inmobiliario

Agrupación empresarial o conjunto de empresas dedicadas al sector de la construcción y gestión de toda clase de bienes inmuebles.


H

Hectárea

Medida de superficie equivalente a 10.000 metros cuadrados.

Heredad

Es una expresión antigua empleada para referirse a las fincas rústicas.

Hipoteca

Instrumento legal que usa los bienes inmuebles como garantía de un préstamo.


I

I.B.I.

Impuesto municipal que grava la titularidad de la vivienda. Se calcula aplicando un porcentaje sobre el valor catastral de la misma. El vendedor debe estar al corriente del pago de dicho impuesto antes de transmitir la vivienda. Se cobra anualmente y en función al valor catastral asignado a la finca.

I.R.P.H.

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios presenta tres clases diferentes, esto es, bancos, cajas de ahorro y la totalidad de las entidades. Viene dado por la medida de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios nuevos, con un periodo superior a tres años, sin contar los valores externos de las entidades a las que hace referencia.

Impuesto sobre bienes inmuebles (Ver I.B.I.)

Impuesto sobre el incremento del valor de terrenos

Impuesto municipal que grava el aumento de valor de los terrenos. Se aplica exclusivamente a la compraventa y corre a cargo del vendedor, salvo pacto en contrario que deberá constar en escritura pública. Se conoce como plusvalía.

Impuesto sobre la construcción/instalaciones/obras

Impuesto que grava la realización dentro del término municipal de cualquier obra, instalación o construcción, para la que se exija la obtención de la pertinente licencia de obras o urbanística.

Se trata de un impuesto indirecto, municipal, de establecimiento voluntario y gestionado exclusivamente por el municipio que lo establezca.

Impuesto sobre transmisiones patrimoniales

Es aquel que grava, entre otras cosas, la compraventa de inmuebles. Todas las segundas y sucesivas compraventas de inmuebles (de segunda mano) están sujetas a este impuesto.

En general el tipo actual es del 6%, pero determinadas comunidades autónomas establecen tipos y condiciones especiales.

Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (Ver I.R.P.H.)

Indiviso

Fondo que perteneciendo en propiedad a dos o más personas, se encuentra dividido en cuotas ideales, no siendo susceptible de división.

Información del promotor

Documentación exigible al promotor de una edificación de viviendas. En el caso de nueva vivienda se puede solicitar la siguiente información:

  • Nombre o razón social del promotor, domicilio y datos de inscripción en el Registro Mercantil.
  • Planos de emplazamiento de la vivienda y de la vivienda misma, descripción de ésa, con expresión de superficie construida y útil del edificio, de servicios y suministros, y de zonas comunes, etc.
  • Datos del Registro de la Propiedad.
  • Copias de las licencias precisas para la construcción y ocupación de las viviendas.
  • Estatutos de la Comunidad (si ya está construida).
  • Precio total de venta y la forma de pago.
  • Si prevé subrogación de hipoteca, necesita los datos de la misma.
  • Forma en que está previsto documentar el contrato, con sus condiciones generales y especiales, haciendo constar expresa y claramente:
    • Que el consumidor no soportará los gastos previos que por ley corresponden al vendedor.
    • Lo dispuesto en los artículos 1279 y 1.280 del Código Civil, que suponen el derecho del comprador a exigir el otorgamiento de escritura pública.
    • El derecho a la elección de notario, que corresponde, en estos casos, siempre al comprador.

En el caso de una vivienda de segunda mano, usted puede solicitar la siguiente información:

  • El último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI.).
  • Comprobantes de que se encuentra al corriente de pagos en la Comunidad de Propietarios.
  • Certificado de Dominio y Cargas que no existe afección por impago de Plusvalía Municipal.
  • Copia de los Estatutos que rigen el régimen de la Comunidad de Propietarios.
  • Si la vivienda procede de una herencia, o de una adquisición reciente, debe comprobar que está liquidado el impuesto correspondiente.
  • En el caso de que el inmueble se encuentre hipotecado, es necesario presentar un certificado del estado de las deudas emitido por la entidad acreedora.

Inmobiliaria

Empresa cuya principal actividad es la intermediación en la compra y venta de todo tipo de bienes inmuebles. (Ver Agencia Inmobiliaria).

Inmueble

Las tierras, edificios, caminos, construcciones y minas, y los adornos, artefactos o derechos a los cuales atribuye la ley consideración de inmuebles.

Inquilino

Persona obligada al pago de una renta por el derecho a uso de un inmueble que no es de su propiedad. (Ver Arrendatario).


L

Ley de Ordenación de la Edificación

Ley que regula la actuación de los diferentes agentes actuantes en una construcción y los derechos de los compradores.

Ley de Propiedad Horizontal

Ley que regula el ámbito de la vivienda englobada en edificios plurifamiliares.

Libro del Edificio

Conjunto de documentos gráficos y escritos, que detallan y describen un edificio recién construido y que es entregado a los compradores para su conocimiento y mantenimiento posterior. Es obligatorio que el promotor lo entregue a la comunidad de propietarios según la Ley de Ordenación de la Edificación. El Libro del Edificio debe recoger:

  • El proyecto y todas las modificaciones habidas en obra.
  • El acta de recepción de la obra.
  • La relación identificativa de los agentes que han intervenido en la obra.
  • Las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones.

Licencia

Autorización administrativa necesaria para construir o reformar un inmueble destinado a viviendas o usos industriales, o bien para la realización de una obra de infraestructura. La licencia de obras se concede una vez comprobado que la utilización que se pretende se ajusta a los planes de ordenación, aunque el derecho a construir ya existiese por sí mismo.

Licencia de Primera Ocupación

Licencia por la que la Administración, una vez ha verificado que la nueva construcción cumple los requisitos exigidos, permite que el edificio sea ocupado, o licencia por medio de la cual el Ayuntamiento acredita que la vivienda cumple las condiciones exigidas en la licencia de edificación. (Ver Cédula de Habitabilidad).

Licencia Municipal de Obras

Documento emitido por el Ayuntamiento por el que se otorga el derecho a edificar y a iniciar las obras, acreditando la comprobación administrativa de que la obra autorizada se sujeta a condiciones urbanísticas y técnicas establecidas por las correspondientes ordenanzas municipales que rigen en su emplazamiento.

Licencia urbanística

Acto administrativo mediante el cual adquiere efectividad la posibilidad de parcelación, edificación, demolición, ocupación, aprovechamiento..., previa concreción de lo establecido al respecto en las leyes, planes de ordenación y el resto de la normativa urbanística.


M

Mantenimiento

Incluye los gastos y acciones ejecutadas, para mantener una propiedad en condición de llevar acabo eficientemente el servicio para la cual es usada.

Medianería

Pared común a dos casas u otras construcciones contiguas. Este término también se aplica a la cerca, vallado o seto vivo común a dos predios (haciendas) rústicos que deslinda.

Memoria de Calidades

Documento que describe la naturaleza y calidad de los diferentes materiales que van a ser utilizados en la obra. También es el documento que los describe de cara al comprador. Es de obligado cumplimiento ser entregado por el promotor.


O

Obra nueva

Documento público donde se declara la existencia de una edificación o la construcción de una nueva. Su inscripción en el Registro de la Propiedad, supone la creación de una finca registral por desaparición de la finca registral de procedencia.

Obras de acondicionamiento

Las destinadas a mejorar las condiciones de habitabilidad de un edificio mediante la sustitución, restauración o modernización de sus diferentes elementos constructivos e instalaciones, y las que tengan por objeto alterar sustancialmente la morfología de la edificación, amplíen o no la superficie edificada.

Organismo de Control Técnico (Ver OCT)

OCT

Entidad de control capacitada para prestar asistencia técnica en la verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y de la ejecución de la obra, conforme con el proyecto y la normativa aplicable y según la Ley de Ordenación de la Edificación.

Opción de compra

Derecho a comprar una finca en una fecha determinada a un precio pactado. La opción de compra se adquiere, normalmente, adelantando una cierta cantidad del dinero sobre el precio total del inmueble. Tener una opción de compra sobre el inmueble que quiere adquirir, le permite disponer de más tiempo para contratar un préstamo o buscar un inmueble mejor.


P

Parcela

Es un área delimitada de terreno urbanizado donde se permite construir de acuerdo a las reglamentaciones. Porción de suelo urbano edificable.

Parcelación

División de una finca en varias parcelas en virtud de licencia administrativa.

Periodo de revisión de intereses

En los préstamos hipotecarios de tipo de interés variable, es el periodo en que se modifica el tipo de interés.

Plan Oficial de la Vivienda

Plan desarrollado por la Administración a fin de facilitar la adquisición o rehabilitación de viviendas habituales, a personas que reúnan unas determinadas circunstancias económicas y familiares . La web del Ministerio de Vivienda muestra el Plan de Vivienda 2005-2008.

Primera residencia

Es la finca donde habitual y oficialmente consta la residencia del propietario.

Préstamo hipotecario

Cantidad de dinero concedida generalmente por una entidad bancaria, a una persona física o jurídica, con la garantía adicional de un bien inmueble. La finalidad del préstamo puede ser muy variada, pero los más usuales se destinan a financiar la compra de un inmueble.

Promotor

Persona física o jurídica que decide, programa y financia las obras de edificación. Los recursos pueden ser propios o ajenos. En este concepto se incluyen los propietarios que construyen en beneficio propio, las comunidades de propietarios y las cooperativas de viviendas.

Promotor de viviendas

Profesional o empresario que asume la tarea de coordinar las personas interesadas en ello.

Propietario

Es el dueño de un inmueble y quien en definitiva posee todos los derechos sobre él.

Protección pública

Es cualquier régimen legal que limite el precio de venta o alquiler del inmueble objeto de valoración.

Proyecto

Conjunto de documentos mediante los cuales se determinan las condiciones técnicas de la edificación que se pretende ejecutar.


S

Segunda residencia

Es aquella finca no destinada al uso habitual u oficial del titular de la vivienda. De cara a solicitar un préstamo hipotecario, su implicación es que las entidades prestan normalmente un porcentaje menor sobre el valor total de la vivienda.

Seguro hipotecario

Protege al prestamista (normalmente una entidad bancaria) en el caso de incumplimiento por parte del prestatario.

Servidumbre de paso

Es el derecho a pasar por una finca (predio sirviente) de la que no se es propietario ni titular de un derecho de uso y disfrute, para dirigirse a otra (predio dominante) colindante. Puede ser permanente o temporal.

Servidumbre de vistas y luces

Es el derecho de disfrutar de vistas sobre predio ajeno, o de abrir y mantener luces o ventanas en techos o paredes. Implica esta servidumbre, el derecho a prohibir que el propietario del fundo sirviente levante construcciones que impidan el ejercicio de la servidumbre. No son propiamente servidumbres de luces o vistas las regulaciones, civiles o administrativas, que señalan la forma y distancias de los huecos que sirvan para vistas y luces.

Servidumbres

Carga o gravamen que se impone sobre un bien inmueble (predio sirviente) en beneficio de otro bien inmueble (predio dominante), de una persona o de una comunidad distinta del propietario.

Subrogación por compraventa

Se produce en la compra de una vivienda nueva directamente con el promotor de la vivienda, el cual ha obtenido un préstamo hipotecario para financiar la construcción. También cuando se compra una vivienda a un particular con una hipoteca viva. En este caso, el subrogante adquiere todos los derechos y todas las obligaciones.

También se conoce por subrogación, el caso en que el prestatario cambia su préstamo a otra entidad financiera que le mejora sus condiciones de tipo de interés.

Subsidiación

Cantidades abonadas por la Administración Pública a las entidades financieras, como parte del pago de intereses de los préstamos destinados a financiar la compra de viviendas de protección oficial.

Subvención

Cantidades abonadas a fondo perdido por la Administración Pública a los compradores de viviendas de Protección Oficial, como parte del pago de las mismas.

Superficie comprobada

Es el área medida por el tasador teniendo en cuenta las definiciones de superficie útil o construida y el correspondiente plano acotado.

Superficie computable

Es la superficie construida más la parte proporcional de zonas comunes (portería, escalera, etc) que le corresponde según la cuota de copropietario.

Superficie construida

Suma de las diferentes superficies contando el grosor de las paredes, y a veces los balcones, galerías y/o patios y los conductos de ventilación.

Superficie construida con partes comunes

Es la superficie construida sin partes comunes, más la parte proporcional que le corresponda según su cuota en la superficie de los elementos comunes del edificio.

Superficie construida sin partes comunes

Es la superficie útil, sin excluir la superficie ocupada por los elementos interiores mencionados en dicha definición, e incluyendo los cerramientos exteriores al 100 por 100 o al 50 por 100, según se trate respectivamente de cerramientos de fachada o medianeros, o de cerramientos compartidos con otros elementos del mismo edificio.

Los espacios exteriores cubiertos se computarán por el 50% de su superficie medida sobre proyección horizontal de su cubierta.

Superficie útil

No se considerará superficie útil la superficie ocupada en planta por cerramientos interiores fijos, por los elementos estructurales verticales, y por las canalizaciones o conductos con sección horizontal superior a los 100 centímetros cuadrados y la superficie del suelo cuya altura libre sea inferior a 1,5 metros.

Tampoco se considerará superficie útil la ocupada por los espacios exteriores no cubiertos.


T

Tasación

Valor que tiene una vivienda previamente valorada por una empresa especializada.

Tasa Anual Equivalente

Transformación de las condiciones financieras a su equivalente anual, dependiendo de los gastos y las comisiones.

T.A.E.(Ver Tasa Anual Equivalente)


V

V.P.O.

I.- Viviendas cuya tipología, dimensiones y precios están reglamentadas por la Administración, como condición para poder acogerse a determinadas ventajas tanto económicas como fiscales por parte de los compradores, los cuales a su vez deben reunir unas condiciones establecidas en cuanto a titularidad de inmuebles, ingresos familiares, etc.

II.- Se dice de aquellas dedicadas a vivienda habitual y permanente que tengan una superficie máxima útil de noventa metros cuadrados cumpliendo las condiciones fijadas de precios y calidad. Para poder acceder a estas viviendas no se pueden superar ciertos niveles de renta.

Valor Catastral

I.- Valoración que figura en el catastro de una determinada finca o valor asignado a una propiedad o bien gravable. Frecuentemente es un porcentaje del valor del mercado determinado por ley.

II.- Valor establecido por la aplicación de las normas técnicas de valoración específicas, para el cálculo del valor catastral a efectos impositivos. Relacionado con la valoración fiscal.

Venta sobre plano

Venta realizada de un producto sobre las definiciones gráficas (planos) y/o memoria de calidades, y sin que dicho producto se haya construido.

Vicios ocultos

I.- Fallos en una construcción recientemente terminada que no pueden ser visibles y que normalmente afloran con el tiempo. Para su corrección y aseguramiento, se decretó en la Ley de Ordenación de la Edificación la suscripción de un Seguro Decenal, por parte del promotor de dicha edificación.

II.- Defecto oculto que tiene una cosa vendida y que la hace impropia para el uso a que se la destina, o disminuye su uso o valor, y que conlleva para el vendedor la obligación de proceder a su saneamiento (artículo 1484 del Código Civil).

Vivienda

Lugar o local destinado a servir de habitación o morada de una persona, o de una familia, donde desarrollan la intimidad de su existencia, constituyendo el hogar o sede de su vida doméstica.

Vivienda de protección oficial (Ver V.P.O)



 
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